Datos clave: con efecto hasta el 31 de diciembre de 2027; importe: 2.500.000 euros; plazo de seis meses.

Lo que dice la norma: Se consideran modificaciones que no requieren nueva información pública, aquellas modificaciones de instalaciones que cumplan las características del artículo 115.3 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y aquellas que, aun no cumpliendo dichas características, cumplan las condiciones del artículo 115.2 del mismo real decreto. Todo ello con independencia de la solicitud de informes a otros organismos afectados o informes sectoriales que sean necesarios. De forma no exhaustiva, se considera que las siguientes modificaciones no requieren nueva información pública, siempre y cuando cumplan las condiciones del artículo 115.2 del referido real decreto: De la central fotovoltaica:

Ley publicada por COMUNITAT VALENCIANA, en el epígrafe «Medidas urgentes».

Una ley la aprueba un parlamento — el estatal o el autonómico — y se publica en el BOE para entrar en vigor.

Va en la Sección I del BOE, la de disposiciones generales: es donde aparece lo que cambia las reglas para todo el mundo, no solo para un expediente concreto.