Datos clave: entra en vigor el 1 de enero de 2027.

Lo que dice la norma: 5, 23 y 30 de la Sección de lo Social del TI Barcelona, en el sentido de atribuirles, de manera exclusiva el conocimiento de todas las ejecuciones reguladas en el título I, del libro 4.º, de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, derivadas de los procedimientos de las plazas judiciales de la Secciones Sociales de los Tribunales de Instancia de Barcelona, Sabadell, Terrassa, Granollers, Mataró y Manresa, todo ello de conformidad con el artículo 96 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Segundo. La modificación del acuerdo de especialización entrará en vigor el 1 de enero de 2027.

Acuerdo publicado por CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL, en el epígrafe «Tribunales de Instancia».

Un acuerdo recoge lo pactado entre administraciones u órganos y se publica para que sea oponible a terceros.