Datos clave: plazo de dos meses.

Lo que dice la norma: Otorgamiento de la escritura. Con fecha 17 de septiembre de 2025, los recurrentes otorgaron escritura pública ante la Notaria de Madrid Doña Blanca Valenzuela Fernández, protocolo 2.631/2025, en la que declararon el cambio de uso de local comercial a vivienda destinada a uso turístico de la finca sita en C/ (…), Madrid, finca registral 48.144. Dicho cambio de uso cuenta con plena conformidad urbanística, habiendo sido autorizado por el Ayuntamiento competente, y la actividad turística se encuentra habilitada conforme a la normativa autonómica aplicable. Segundo. Primera y segunda calificación negativa.

Resolución publicada por MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES, en el epígrafe «Recursos».

Una resolución es un acto de un órgano concreto de la Administración. No crea normas generales: aplica las que ya existen a un caso determinado.