Qué cambia

  • La norma define como centro a la unidad técnica ubicada en un mismo emplazamiento, que realice la misma actividad principal y pertenezca al mismo titular.
  • Para las entidades de ámbito nacional sin instalación asociada, como transportistas o agentes, se considerará como centro su domicilio o sede social.
  • La identificación de cualquier persona física o jurídica interviniente en la cadena de residuos se realizará mediante su NIF, al que se vincularán sus centros.

Datos clave: entra en vigor al día siguiente de publicarse.