Datos clave: plazo de cinco días.

Lo que dice la norma: Que el Real Decreto 577/2013, de 26 de julio, por el que se regula la farmacovigilancia de medicamentos de uso humano, establece que será función de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (en adelante, AEMPS) establecer y mantener, en coordinación con las comunidades autónomas, una red de proceso de datos que permita a las administraciones sanitarias competentes en materia de farmacovigilancia disponer de forma telemática de toda la información sobre sospechas de reacciones adversas ocurridas en España de las que se haya tenido conocimiento.

Resolución publicada por MINISTERIO DE SANIDAD, en el epígrafe «Comunitat Valenciana. Convenio».

Una resolución es un acto de un órgano concreto de la Administración. No crea normas generales: aplica las que ya existen a un caso determinado.